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LEY 6/2017 DE REFORMA URGENTE DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO

En este artículo desarrollaremos sumariamente las principales novedades la Ley 6/2017, sin perjuicio de la necesidad de estudiar el caso concreto y la posible aplicabilidad de las mismas.

 

1– Se amplía la denominada «TARIFA PLANA»

La Ley 31/2015, de 9 de septiembre , introdujo la denominada tarifa plana en la cotización de los nuevos autónomos, que pasaron a pagar 50 euros al mes durante los primeros 6 meses de alta nueva en ese Régimen Especial.

Con efectos a partir del 1 de enero de 2018, la Ley mejora la duración y las condiciones de la tarifa plana de 50 euros, que ahora tendrá una duración de 1 año desde el alta nueva en el Régimen Especial de Autónomos, si además no lo han estado en los 2 años anteriores (3 años si ya hubieran disfrutado de estos beneficios previamente) y cotizan por la base mínima.

 

2.- Se podrá cambiar hasta  4 veces la base de cotización

La nueva ley amplía a 4 las veces que los trabajadores autónomos pueden cambiar la base de cotización en un mismo año, pudiéndolo solicitar antes del 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre.

 

3.– Posibilidad limitada de darse de alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Hasta 3 veces en el año natural, los trabajadores autónomos podrán darse de alta de y baja con efectos en esa fecha, posibilitándose que se pague únicamente por días trabajados.

 

4.Compatibilidad de la pensión de jubilación con la actividad económica.

La nueva ley reconoce la compatibilidad del 100%  de la pensión de jubilación con el trabajo por cuenta propia si se contrata, al menos, un trabajador por cuenta ajena.

 

5.– Cotización en supuestos de Pluriactividad.

Se devolverá de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social  el exceso de cotización de los trabajadores que se vean obligados  a darse de alta en dos o más Regímenes de la Seguridad Social.

 

6.Cuota Autónomos Societarios

La ley prevé que la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos con 10 o más trabajadores contratados pasa a determinarse en la Ley de Presupuestos de cada año.

 

7.- Otras Novedades fiscales y sociales.

* Bonificación por conciliación familiar.

* Gastos deducibles en el IRPF

* Domiciliación obligatoria

* Reconocimiento accidente in-itenere de trabajadores autónomos

*Mejora derechos colectivos.

Fdo. El equipo de PinoAsesores.

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