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SUBVENCIONES KIT DIGITAL PARA PYMES Y AUTONOMOS

      El pasado 24 de Noviembre de 2021 se presentó el Kit Digital, un programa de ayudas del Plan de Recuperación promovido por el Gobierno para impulsar la digitalización de pymes y autónomos, que ayudará a modernizar el tejido productivo español.         

    El Gobierno ha segmentado los negocios que se pueden beneficiar del kit digital tanto en la convocatoria de las ayudas, como en la cuantía de las mismas, en tres grupos distintos:

  • Segmento I: Pequeñas empresas, de 10 a 49 empleados,  con un importe del bono digital por empresa de 12.000€.
  • Segmento II: Pequeñas empresas o microempresas, de 3 a 9 empleados,  con un importe del bono digital por empresa de 6.000€.
  • Segmento III: Pequeñas empresas o microempresas y autónomos (personas en situación de autoempleo), de 1 a 2 empleados, con un importe del bono digital de 2.000€.

                                         CONDICIONES Y REQUISITOS:

  1. Ser una pequeña empresa  o un autónomo.
  2. No tener consideración de empresa en crisis.
  3. Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  4. No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en Ley General de Subvenciones.
  5. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  6. No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  7. No superar el límite de ayudas minimis (200.000€).
  8. Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.

                                 CATEGORIAS DE SOLUCIONES DIGITALES PARA LAS EMPRESAS:   

  • Sitio Web y presencia en Internet: en esta tipología entrarán tanto la creación de páginas web, como otros servicios de posicionamiento (SEO) o visibilidad de la empresa en los principales sitios de internet.
  • Comercio electrónico: creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios que utilice medios digitales para su intercambio.
  • Gestión de redes sociales: promocionar la pyme en redes sociales.
  • Gestión de clientes y/o proveedores: digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
  • Business Intelligence y analítica: explotación de datos de la empresa para la mejora del proceso de toma de decisiones.
  • Servicios y herramientas de oficina virtual: implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de la pyme.
  • Gestión de procesos: digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la pyme.
  • Factura electrónicadigitalizar el flujo de emisión de facturas entre la pyme y sus clientes mediante un software de facturación.
  • Comunicaciones seguras: proporcionar a las pymes seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
  • Ciberseguridad: proporcionar a las pymes seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados

                          PASOS A SEGUIR POR LA EMPRESA TRAS CONSEGUIR EL “BONO DIGITAL”:   

  1. El beneficiario y el Agente Digitalizador, negocian, firman y formalizan un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
  2. Tras la formalización del acuerdo, el Agente Digitalizador implanta los requisitos pertenecientes a cada fase de la solución de digitalización, es decir, que ofrece la solución tecnológica al beneficiario (el periodo de implantación en algunos casos es de un dia, en otros puede ser de varias semanas).
  3. El Agente Digitalizador emite una única factura tras la primera fase de prestación del servicio, con el importe total (de los 12 meses de prestación del servicio) e indicando la cuantía subvencionada.
  4. El beneficiario realizará el abono de los gastos no subvencionables (por ejemplo el IVA, que luego podrá deducir) y cederá el derecho a cobro del importe subvencionable en favor del Agente Digitalizador.
  5. El Agente Digitalizador prestará la solución digitalizadora solicitada por el beneficiario durante un plazo de 12 meses desde el comienzo de la implantación.

Si necesita más información pueden contactar con nosotros a través del correo:  pilar.ortega@tradeisbilia.com

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